Jesús Peña
A partir del 1 de febrero, la Unidad de Medida y Actualización (UMA) pasará de 96.22 a 103.74 pesos, incremento de 7.82% que fue la inflación anual con que cerró 2022.
Ello implica incremento proporcional en el pago de multas. Ayer, el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) dio a conocer el nuevo valor de la UMA.
TRÁNSITO
El Código Reglamentario para el Municipio (Coremun) de Puebla establecen las infracciones de automovilistas y sus sanciones. Hay más de 150 casos, pero para ejemplificar, aquí se toman los más populares y su multa máxima.
Circular sin placas o placas no vigentes, así como sin permiso de circulación vigente, estacionarse en doble o triple fila, usar cualquier instrumento que pueda distraer al conductor o ir sin el cinturón de seguridad puesto se multará hasta con 12 UMAs: hoy el monto es de mil 155 pesos, pero a partir del 1 de febrero será de mil 245.
Conducir sin licencia de chofer particular, chofer de servicio público o provisionales alcanza las 20 UMAs, un incremento de mil 924.5 pesos a 2 mil 75. Cuando se provoque, intencional o negligentemente, un accidente de tránsito si no hay lesionados se multa con 20 UMAs, con lesionados se llega a 30 y si hay un fallecido se llega a 40.
Los montos actuales son mil 924.5, 2 mil 887 pesos y 3 mil 849 pesos, que pasarán a ser 2 mil 75, 3 mil 112 y 4 mil 150.
Los más caros tienen que ver con el sistema RUTA: estacionarse en sus accesos, dar vuelta a la izquierda y en “U”, circular en sus carriles y obstruir terminales o paraderos alcanzan las 100 UMAs, es decir 9 mil 622 pesos que aumentarán a 10 mil 374.
Con los parquímetros en el Centro Histórico de Puebla, vale la pena tener en mente que exceder del tiempo límite implica sanción de hasta 20 UMAs, estacionarse sin placas y la inmovilización del vehículo con la “araña” llega a 30, omitir el pago de los estacionómetros alcanza las 35, introducir objetos diferentes a los autorizados llega a 50, dañar u obstruir el funcionamiento de los estacionómetros se sanciona con 70 UMAs.
CÓDIGO PENAL
Algunos delitos sancionados por el Código Penal del Estado de Puebla tienen estos nuevos montos máximos:
El artículo 186 septies aplica multa de 200 UMAs a quien haga llamada, dé aviso o alerta falsa a números de emergencia a través de cualquier medio de comunicación, como teléfono fijo, móvil, radio, botón de auxilio, redes sociales, aplicaciones de internet u otro medio electrónico, con el objeto de inducir al error y movilizar a los sistemas de emergencias y urgencias.
Hoy se pagarían 19 mil 244 pesos, pero a partir del 1 de febrero serían 20 mil 748 pesos.
El artículo 190 bis impone 500 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización a quien preste el servicio público de transporte, servicio mercantil, servicio auxiliar de arrastre, arrastre y salvamento, así como el depósito de vehículos a sabiendas que no cuenta con la concesión o permiso.
Pasará de pagar hoy una multa de 48 mil 110 pesos a 51 mil 870 pesos. Mismo monto pagará el propietario o titular del establecimiento en el que se venda o suministre bebidas alcohólicas sin la licencia o el permiso, conforme al artículo 199 sexies.
Igual sanción va para quien por medio de la violencia física o moral tuviere cópula con una persona sea cual fuere su sexo (artículo 267), a quien cometa el delito de sustracción de menores (artículo 283 ter) y por asalto o el delito de atraco (artículo 296).
El artículo 213 señala que quien a sabiendas que padece un mal venéreo o cualquier otra enfermedad crónica o grave que sea transmisible por vía sexual o por cualquier otro medio directo, pusiere en peligro de contagio la salud de otra persona, se sancionará con mil UMAs.
La sanción equivale hoy a 96 mil 200 pesos y pasará a 103 mil 740, mismo monto que conforme al artículo 338 bis se impone por el delito de feminicidio. El artículo 217 impone multa de 2 mil 500 UMAs por corrupción de menores e incapaces o personas que no puedan resistirse a llevar a cabo actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados.
Hoy son 240 mil 550 pesos; subirá a 259 mil 350 pesos.
A quien cometa el delito de violación a la intimidad sexual, recibirá sanción de 2 mil veces la UMA, conforme el artículo 225, lo que equivale a 192 mil 440 pesos y que llegará a ser de 207 mil 480 pesos.
A quien se le ocurra armar la bronca en un partido de Puebla, Pericos o en cualquier estadio o centro de espectáculo, el artículo 304 quater impone multa de 90 UMA, es decir, hoy pagaría 8 mil 660 pesos, pero para febrero serán 9 mil 337 pesos.
El artículo 355 impone 50 veces la UMA a la persona autora de golpes y violencias físicas o psicológicas o de ambas y aumentaría a 75 UMAs si la persona ofendida fuere menor de edad o mayor de 60 años, lo que hoy son 7 mil 216.5 pesos y pasará a 7 mil 780.5 pesos.
Por el delito de narcomenudeo (artículo 463) se paga multa de 400 UMAs, que actualmente son 38 mil 488 pesos y aumentará a 41 mil 496 pesos.
Por maltrato animal (artículo 470) se imponen 300 UMAs, 28 mil 866 pesos, que a partir del 1 de febrero serán 31 mil 122.


