Por: Diana López Silva
Por unanimidad, diputados del Congreso de Puebla aprobaron reformas al Código Penal del Estado para que suspenda de forma definitiva la licencia a los automovilistas responsables de un homicidio culposo por conducir en estado de ebriedad.
Las reformas al tercer párrafo del artículo 85 bis y el 86 tienen la finalidad de sancionar con la suspensión o cancelación definitiva de la licencia expedida por cualquier instancia cuando la persona cometa homicidio, sin embargo, la sanción aumentará si el delito es causado por el transporte público.
En el caso del artículo 85 bis contemplan que se sancionará con la suspensión o cancelación definitiva de la licencia para conducir vehículos expedida por cualquier instancia. En el caso de homicidio culposo, en que se actualice lo enunciado en la fracción I del artículo, procederá siempre la cancelación definitiva de la licencia para conducir vehículos expedida por cualquier instancia. En los demás casos la duración de la suspensión podrá ser de uno a 10 años.
Mientras que el artículo 86 señala que cuando se cause homicidio por actos u omisiones culposos de quien realiza un servicio público de transporte, la sanción será de seis a 15 años de prisión e inhabilitación de seis a 10 años para transportar pasajeros.
La diputada Guadalupe Muciño Muñoz explicó que la intención es generar conciencia entre los conductores para que sean responsables al frente del volante y en su caso sancionar a quienes cometan el delito por conducir en estado de ebriedad.
La decisión de los diputados se tomó luego del accidente ocurrido el sábado pasado en la capital poblana, donde tres mujeres que acompañaban a un conductor de un mustang perdieron la vida.