Al conceder amparo a la organización GIRE, declara contra derechos humanos –y, por tanto, anticonstitucional– el castigo previsto en el Código Penal de la República
Claudia Espinoza
La Suprema Corte de Justicia de la Nación despenalizó ayer el aborto en a nivel federal.
Así, están obligados a realizar la interrupción del embarazo el IMSS, el ISSSTE y Pemex en todo el país.
Y ninguna persona de servicios médicos puede ser criminalizada por estas acciones.
El fallo que ayer expidió la Primera Sala indica que resulta inconstitucional el sistema que se encuentra en el Código Penal castiga el aborto.
Ello, porque “viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”, indica la resolución unánime de los tres magistrados.
La decisión acelera en todo el país la ruta hacia la eliminación de castigo a quienes abortan y el personal médico que asiste, lucha de colectivos que avalan la causa y personas encarceladas por esta acción y sus defensores.
El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), de lucha feminista, con su litigio en busca de amparo para quienes le solicitan apoyo frente al Código Penal y los estatales antiabortistas, ganó para todo el pais que deba eliminarse el delito de aborto del marco legal federal.
Mientras se reforma el Código Penal Federal, los jueces locales y federales deberán aplicar este criterio emitido por la Suprema Corte.
HUYEN POBLANAS DE CASTIGO
Desde 2007 hasta el 31 de mayo de este año, mil 627 mujeres poblanas han acudido a la Ciudad de México para abortar, huyendo del castigo que el Código Penal estatal instruye.
La cifra la reporta la Secretaría de Salud de la capital del país.
Añade que 45% de las mujeres de Puebla estaban en el rango de edad de 18 a 24 años de edad, con 732 casos, mientras que es menor la estadística en las de 40 a 44 años de edad con cuatro personas.
La mayoría dijo tener hecha preparatoria (43%) es decir, 699 durante estos 16 años.
Eran solteras 54%, seguidas de las que vivían en unión libre con el 29%.
El método que más se utiliza es el de medicamentos, en segundo lugar la aspiración y en tercero el legrado instrumentado, cuando se trata de mujeres casi al tope de las 12 semanas, condición en que la ley de Ciudad de México permite la interrupción del embarazo.
ESTADO ANTIABORTISTA
En Puebla se mantiene la discusión sobre el tema de despenalizar el aborto, el más reciente intento se realizó el 23 de junio de este año.
Entonces, la diputada del Partido del Trabajo Mónica Silva Ruiz intentó presentar una propuesta de iniciativa de ley en la materia y sus compañeros salieron de la sesión.
El antecedente data de 2019, cuando el 8 de octubre, los legisladores locales rechazaron con 32 votos y siete abstenciones la reforma al Código Penal para quitar el castigo a quien aborte y quien dé auxilio médico.
En ese momento, los legisladores avalaron la propuesta que mandó el gobernador Miguel Barbosa Huerta para reducir la pena máxima para las mujeres que decidan interrumpir su embarazo, que era de cinco años de prisión.
Con los cambios aprobados, el artículo 342 del Código Penal estatal establece una pena máxima de hasta un año de cárcel.
De 2015 a la fecha, en Puebla se han abierto 51 carpetas de investigación contra mujeres que abortaron.
Desde ese año y hasta 2018 se registraron 34 de los 51 casos, según estadísticas de la fiscalía.
En 2015 se registraron nueve denuncias penales por aborto; para 2016, 13; en 2017 nueve y cinco más en 2018.
La dependencia indicó que en 2019 registraron cuatro casos de aborto, en 2020 seis mujeres más fueron denunciadas, en 2021 cinco y en 2022 una.
¿POR QUÉ ES UN DERECHO HUMANO?
Human Rights Watch indica que negar la interrupción del embarazo en forma segura:
- Viola los derechos a la salud y a la autonomía sexual y reproductiva
- Vulnera el derecho a no sufrir discriminación y a la igualdad
- Transgrede el derecho a no sufrir tratos crueles, inhumanos o degradantes
- A la privacidad y la autonomía e integridad físicas


