• Nuestros Sitios
    • La Crónica CDMX
    • La Crónica Querétaro
    • La Crónica Jalisco
    • La Crónica Morelos
jueves, junio 11, 2026
Presidente y Dir. General: Jorge Kahwagi Gastine
Sin resultados
Ver todos los resultados
Crónica Puebla
  • Inicio
  • Nacional
  • Metrópolis
  • Ayuntamiento
  • Gobierno
  • Política
  • Academia
  • Mundo
  • Escenario
  • Deportes
  • Inicio
  • Nacional
  • Metrópolis
  • Ayuntamiento
  • Gobierno
  • Política
  • Academia
  • Mundo
  • Escenario
  • Deportes
Sin resultados
Ver todos los resultados
Crónica Puebla
Periodico
Inicio Nacional

Avala SCJN que padres que sean deudores alimentarios no puedan ser candidatos

Crónica Puebla por Crónica Puebla
17 enero, 2023
en Nacional
Avala SCJN que padres que sean deudores alimentarios no puedan ser candidatos

Foto: SCJN (Twitter)

Compartir en FacebookCompartir en Twitter

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que que los padres que no pagan las pensiones alimenticias de sus hijos no tendrán derecho a competir por un cargo de elección popular.

Por mayoría de nueve votos, el pleno de ministros ratificó la constitucionalidad de las leyes de la Comisión de Derechos Humanos, de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de Partidos Políticos, y del Código de la Administración Pública, todas del estado de Yucatán, donde se establece que los deudores alimentarios no tienen derecho a ocupar un cargo público.

Aunque la SCJN ya había avalado en otras ocasiones este tipo de restricciones para cargos en la administración pública, es la primera ocasión en que también reconoce la validez de esta medida para puestos de elección popular.

“La medida tiene un fin constitucionalmente legítimo porque pretende garantizar y proteger el derecho de alimentos mediante la restricción del derecho del deudor alimentario moroso para acceder a cargos públicos es decir, la finalidad de la norma es desincentivar el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, lo cual, en sí es constitucionalmente válido si se considera la situación jurídica y materialmente indeseable en la que se encuentran quienes son personas acreedoras /Además, la restricción de acceso no es absoluta, sino que su actualización está condicionada a que el deudor alimentario moroso cancele la deuda, lo que es indicativo de qué lo que se pretende no es impedir de modo absoluto y tajante que se acceda determinado cargo”, señaló el ministro Alberto Pérez Dayán, ponente en esta acción de inconstitucionalidad.

En su sesión de este martes, la SCJN también invalidó disposiciones de la Ley Electoral de Nuevo León, que prohibían el uso en la propaganda política de cualquier alusión a la vida privada de los candidatos, ofenda o difamen o denigren a los partidos políticos, instituciones públicas o privadas y terceros, por considerar que son limitantes a la libertad de expresión.

“La restricción a la propaganda relacionado con las expresiones que denigren a las instituciones y a los partidos políticos no encuentra sustento en el artículo sexto constitucional. Únicamente deben abstenerse de expresiones que denigren a las personas físicas, según diversos presidentes/así como la abstención de los discursos de odio, por supuesto / restringir la expresión de los candidatos se limita al debate público pues éste requiere que los partidos y candidatos eligen libremente en la forma más efectiva de transmitir su mensaje y cuestionar al orden público existente”, señaló la ministra Margarita Ríos Farjat, ponente en este asunto

 

Con información de La Jornada 

Etiquetas: candidatosDeudores alimentariosMéxicopension alimentariaSuprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)

Publicación anterior

En Nigeria queman vivo a un sacerdote

Siguiente

Hermanos Serdán albergará Torneo Interliga de LMB

Siguiente
Hermanos Serdán albergará Torneo Interliga de LMB

Hermanos Serdán albergará Torneo Interliga de LMB

Columnistas

Arturo Luna Silva

Arturo Luna Silva

Garganta Profunda

MUNDIAL DE FUTBOL 2026: ASÍ LLEGA MÉXICO

Guillermo Pacheco Pulido

Guillermo Pacheco Pulido

Es Relativo

Que nada nos defina,que nada nos sujete, que la libertad sea nuestra propia sustancia

logo
cuan138
1 win пинап бетвиннер aviator game лаки джет 1win

Categorías

  • Academia
  • Al oído
  • Ayuntamiento
  • Bienestar
  • Cultura
  • Deportes
  • Entretenimiento
  • Es Relativo
  • Escenario
  • Garganta Profunda
  • Gobierno
  • La Quinta Columna
  • Metrópolis
  • Mundo
  • Municipios
  • Nacional
  • Negocios
  • Opinión
  • Política
  • Portada
  • Principal
  • Sin categoría
  • Soliloquio
  • Sucesos

Versión impresa

version impresa

Nosotros

Presidente y Dir. General: Jorge Kahwagi Gastine
Vicepresidente: Jorge Kahwagi Macari
Subdirector y Gerente General: Rafael García Garza

  • Nuestros Sitios

© 2019 La Crónica Puebla.

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Nacional
  • Metrópolis
  • Cultura
  • Academia
  • Negocios
  • Mundo
  • Escenario
  • Deportes
  • Opinión
  • Bienestar
  • Sucesos

© 2019 La Crónica Puebla.