El juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Juan Pablo Gómez Fierro, suspendió parcial y temporalmente el Programa Sectorial de Energía 2020-2024, coordinado por la Secretaría del ramo y avalado por Andrés Manuel López Obrador.
El juez, con especialización en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, concedió la suspensión a la organización civil Greenpeace por el amparo promovido en contra de la entrada en vigor de dicho Programa.
Esta resolución asesta un golpe a la política energética impulsada por el gobierno del presidente López Obrador, ya que deja sin efectos de manera temporal todo aquello que se oponga el fomento al empleo de energías renovables y disminución de contaminantes en el sector energético.
El veredicto del juez Gómez Fierro aclara que la Secretaría de Energía, como encargada de coordinar la ejecución y seguimiento de dicho programa, deberá abstenerse de cumplir con los objetivos y estrategias puntuales del programa reclamado”.
“Es importante precisar que todas las autoridades del sector energético a las que resulte aplicable dicho programa, en el ámbito de sus competencias, están obligadas a cumplir con la suspensión provisional otorgada, aún en el supuesto de que no hubieren sido llamadas como responsables, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 158 y 197 de la Ley de Amparo, por lo que deberán abstenerse de seguir los lineamientos que conforme al programa reclamado deben regir como instrumento de planeación en el sector energético”, señala el documento.
El juez encargado del caso señaló de manera puntual que todas las autoridades vinculadas deberán observar el cumplimiento de los programas, normas y disposiciones vigentes de manera previa a la expedición del programa impulsado durante la actual administración.
Gómez Fierro aclaró que esta resolución “no implica que quede insubsistente el programa (2020-2024), sino que sus efectos se postergarán en el tiempo”.
Se emplazó a las autoridades conducentes con fecha del próximo 17 de septiembre a la audiencia en la que, por la vía incidental, se resolverá si el amparo materia de esta suspensión se otorga de manera definitiva. (La Crónica de Hoy)