Diana López Silva
De acuerdo con la presidente del Instituto Electoral del Estado (IEE), Blanca Yassahara Cruz García, han recibido 32 denuncias por violencia de género, desde el inicio de la campaña electoral en Puebla el pasado 31 de marzo.
Al respecto, la consejera electoral Sofía Marisol Gorbea, explicó que no es violencia política en razón de género, cuando un actor político viola por igual los derechos de las personas sin importar su género.
“Que a mi compañero y a mí nos nieguen información, o que no nos convoquen a sesiones y nada más nos mandan las actas para que las firmemos… pero ¿alguna vez me ha dicho que soy incompetente por ser mujer? No. Entonces eso sería violencia política”, dijo.
La consejera Susana Rivas, explicó que cuando se menciona a una candidata por su parentesco con otro actor político sí es violencia en razón de género, “porque la estamos invisibilizando”.
En ese caso, abundó la consejera electoral, se estaría insinuando que la candidata o aspirante no tiene la capacidad de competir y que lo está haciendo solamente porque es “la esposa de” y el mensaje a la ciudadanía es que ella está supeditada a lo que diga el marido.
Aumentan causas
Además de incurrir en violencia política en razón de género y ser deudor alimentario, por disposiciones del Instituto Nacional Electoral (INE), las causales para inhabilitar a violentadores para ocupar cargos de elección popular se triplicaron para esta votación
La Ley 3 de 3 establece como impedimentos para ocupar cargos de elección popular o puestos como funcionarios públicos.
No obstante, desde el pasado 28 de febrero, el INE amplió a “8 de 8” el abanico de criterios para determinar la inhabilitación de violentadores de mujeres, establecidos en el Artículo 38, Fracción VII, de la Constitución:
Y desde el 30 de mayo de 2023, “la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni en el servicio público”.
CAUSAS
Estos son los motivos por los que alguien no puede ser candidato:
- Sentencia por delitos contra la vida
- Investigación vigente por ilícitos contra la libertad y seguridad sexuales
- Abusar sexualmente de enfermos o personas bajo influencia de drogas
- Violencia familiar
- Agresiones equiparadas o domésticas
- Violación a la intimidad
- Coacción política de género
- Sentencia como deudor alimentario