Notas para una defensa de emergencia
Silvino Vergara
[…] En México, estamos cayendo en un
entorno en el que, pese a que las autoridades
fiscales no pueden exigir más de lo debido
a los contribuyentes, lo hacen a fin de cuentas —por justificar su trabajo más que para
recaudar, propiamente—».
De la introducción de Notas para una defensa fiscal de emergencia
Este libro estáconformado por tres capítulos, apéndice y un ultílogo, cuyo autor es Silvino Vergara Nava, quien analiza las herramientas que, jurídicamente, tiene un contribuyente en estos momentos cuando al mundo le tocó afrontar un problema dramático y complicado, como la pandemia.
Ello, en consonancia con la modificación del artículo 19 de la Constitución para incrementar los delitos que requieren prisión preventiva oficiosa.
En el caso de México, donde se cerraron un sinnúmero de actividades económicas, el resultado ha sido desempleo, la falta de pagos oportunos, el incumplimiento de los compromisos comerciales, así como el cierre de establecimientos, empresas y talleres, lo cual generará más complicaciones en un futuro.
Desde luego, las dificultades tributarias no están exentas de la crisis.
Los requerimientos, invitaciones, la revocación de los certificados de sellos digitales, visitas domiciliarias, revisiones de escritorio, multas, liquidaciones, peticiones de pagos, embargos de cuentas bancarias y de bienes de particulares que hacen las autoridades fiscales, es lo que justamente se analiza en esta obra a la luz del milenario principio: «ante lo imposible nadie está obligado» (ad impossibilia nemo tenetur).
En materia tributaria, teniendo en cuenta que un problema de esta magnitud no se había presentado, no era un tema central para la doctrina del derecho fiscal, menos para la legislación.
Pero ahora resultará relevante considerar la aplicación de este principio tanto por los contribuyentes como por los asesores, sobre todo cuando el Estado, en sus funciones legislativas, no consideró ningún tipo de auxilio a los contribuyentes, particularmente a los medianos y pequeños, que tienen la gran carga de esta crisis y de empleos del país.
Esta obra hace constar, en su primer capítulo las obligaciones con las que constitucionalmente cuenta el Estado ante la serie de problemas que se presentan en pandemias, terremotos, inundaciones, huracanes, etc.
Evidencia, también, que el Estado cuenta con los instrumentos jurídicos para afrontarlos y que el incumplimiento de estas labores se contempla como «responsabilidad patrimonial» del mismo, como aparece en el numeral 109 de la Constitución.
Por su parte, en el segundo capítulo, se alude a todas las facultades con que cuentan las autoridades fiscales y que se activarán a causa de la falta de regularidad en el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los particulares.
Del mismo modo, se habla de la existencia de las medidas de apremio que tiene el Estado, como, principalmente, la imposición de multas sin dejar pasar la posible comisión del delito de «desacato a mandato legítimo de autoridad», cuya inconstitucionalidad —como se indica en esta obra— ha sido declarada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación atendiendo al principio de taxatividad.
Finalmente, en el tercer capítulo, se analiza la viabilidad de hacer valer, en los medios de defensa de los contribuyentes, el caso fortuito, la fuerza mayor, el estado de necesidad e, incluso, la confianza legítima como excluyentes de responsabilidad de aquellos que están afrontando un problema económico, de salud, de muertes de familiares.
Y, adicionalmente, el problema tributario, que es artificial y pudo evitarse si el Estado hubiera cobijado a sus propios ciudadanos como contribuyentes, relevantemente, los medianos y pequeños, que son los que están viviendo estos estragos tributarios.
En el apéndice se pone a disposición del lector una serie de textos que complementan este ensayo y que aluden al papel de la tecnología de la información, de la ciencia, de los investigadores y científicos. así como el papel del poder policial, que salió en tiempos de confinamiento total a vigilar las calles de las ciudades sin revisión de sus acciones, como debió hacerlo el poder judicial.
También se menciona que, más que el confinamiento de los tribunales y juzgados, parece que el confinado fue, desafortunadamente, el derecho.
Y, así, otros temas complementarios sobre esta problemática única en los últimos tiempos.
En el ultílogo se pone de manifiesto con su simple título que se acabaron las respuestas para este problema: «Cuando sabíamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas».
Notas para una defensa fiscal de emergencia puede ser adquirido en Profética, librería de la ciudad de Puebla, en la página electrónica parmenasradio.org o pedirlo a través del correo electrónico: [email protected]