El Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr) contabilizó 72 feminicidios en la entidad, de enero a agosto de este año. El primer semestre de 2019 finalizó con 57 casos de este delito.

El artículo 338 del código establece “que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”.
Hay razones de género cuando se comete el delito por odio a las mujeres: celos extremos, lesiones o mutilaciones degradantes previas o posteriores a la privación de la vida; cuando hay antecedentes de violencia familiar, laboral, escolar, en noviazgo, matrimonio, concubinato, amasiato.
También, si se presenta incomunicación de la víctima, previo a la privación de la vida o que el cuerpo sea expuesto en un lugar público.


