Por: Mariana Flores
La solicitud de un certificado de vacunación contra COVID-19 como garantía para el desarrollo de actividades laborales resulta violatoria ante la Ley Federal del Trabajo y de las garantías individuales de las personas.
El ayuntamiento de San José Miahuatlán informó que las actividades comerciales en el mercado municipal tendrían como requisito obligatorio, a partir de ayer 6 de septiembre, la presentación del certificado de vacunación, tanto para vendedores locales como para foráneos.
El gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta, se pronunció y señaló que esta medida, aunque tuviera toda la justificación moral para que la gente actúe con responsabilidad y logre la vacunación, no es legal.
Al respecto, el abogado en derecho laboral Ivanhooe Ortiz Ganza explicó que estas medidas se están viendo en diferentes partes del país. “Responden a la desesperación de las autoridades por contener la pandemia, pero en esa desesperación caen en lo inconstitucional”, dijo.
Abundó que se trata de una violación a los derechos y garantías individuales de las personas, desde el libre tránsito hasta la voluntad a aplicarse la vacuna y el derecho al trabajo.
Con este precedente, Ortiz Ganza justificó que cualquier persona que se encuentre en una situación en la que no se le permita trabajar (dentro del marco de la legalidad) por no contar con el certificado de vacunación, o que se le despida de su centro de trabajo, puede ampararse ante la ley para contraponerse a la medida impuesta por cualquier autoridad.
En julio, el subsecretario de prevención y promoción a la salud, Hugo López Gatell, argumentó, durante conferencia de prensa, que la principal función de este documento es la de comprobar en otros países que la persona ya se encuentra inmunizada para poder ingresar o para saltar la cuarentena, y descartó que pudiera solicitarse como condicionante en los centros de trabajo.