NOTAS PARA UNA DEFENSA DE EMERGENCIA
Silvino Vergara Nava
Sobre los delitos fiscales
de prisión preventiva oficiosa
En el cabaret de la globalización,
el Estado realiza un striptease
y al finalde la función
sólo le queda lo mínimo:
el poder de la represión
Zygmunt Bauman
La semana pasada, se aprobó en la Comisión de la Cámara de Diputados la reforma constitucional referente a la prisión preventiva oficiosa para los delitos de defraudación fiscal, contrabando y operaciones inexistentes, este último conocido como venta de facturas.
Esto ha generado preocupación en la iniciativa privada, pero no porque estas actividades se cometan de manera constante por los contribuyentes, sino por el riesgo que corren aquellos que podrían incurrir en estos delitos de forma ocasional o fortuita.
Esto se debe a que, desafortunadamente, el sistema tributario está lleno de problemas de interpretación, excepciones y normas que se reforman constantemente, lo que expone a cualquiera a ser procesado por la comisión de estos delitos fiscales.
Así, el problema no radica en la reforma constitucional para implementar la prisión preventiva oficiosa en estos delitos, lo que implica que, mientras el proceso penal esté en curso, la persona permanezca privada de su libertad.
El verdadero problema es que se cuenta con un sistema tributario que no funciona, es totalmente discrecional, desproporcionado, inequitativo y arbitrario, y como consecuencia de todo esto, bastante, pero bastante corrupto, lo que hace que cualquier persona pueda acabar en prisión.
El interés de la gran mayoría de las reformas constitucionales que está planteando el Ejecutivo, y que en voz de “ahorita” se pretenden aprobar, gira en torno a razones económicas y no jurídicas.
Basta con observar la reforma al Poder Judicial, que es sencillamente para reducir los sueldos de jueces, magistrados, ministros y el resto del personal de ese poder.
Por su parte, abreviar los juicios penales y fiscales sigue la misma lógica, es decir, busca que se terminen pronto y no generen más gastos al Estado.
En el caso de implementar los delitos fiscales que ameriten la prisión preventiva oficiosa, se hace con el afán de recaudar, por lo que esa reforma no tiene ni pies ni cabeza jurídica.
En primer lugar, no tiene coherencia jurídica alguna porque ya la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que la prisión preventiva oficiosa es contraria a los derechos humanos.
Al grado de que México tiene sentencias en su contra (Caso Tzompaxtle Tecpile y otros contra México, sentencia del 7 de noviembre de 2022, y recientemente en el Caso García Rodríguez y otros contra México, sentencia del 25 de enero de 2023).
Estas sentencias deben cumplirse, y poco se ha hecho al respecto. Por ende, incrementar los delitos que requieren prisión preventiva oficiosa es como retar a los organismos internacionales que velan por los derechos humanos.
En segundo lugar, incorporar los delitos fiscales que resulten en prisión preventiva oficiosa no servirá para recaudar, sino para hacer más eficiente el sistema corrupto que existe en muchas de las instancias tributarias.
Mientras el sistema otorgue tantas facultades discrecionales a las autoridades fiscales, lo único que se logrará es que la corrupción sea más costosa por las repercusiones que representa caer en esos procesos penales.
Y, como remate de esta reforma constitucional, permitirá que a los enemigos políticos se les pueda procesar penalmente con mayor facilidad, neutralizándolos en cualquier proceso electoral.
La preocupación de los organismos y cámaras empresariales es evidente con esta reforma.
El problema es que no hay oposición a todas estas modificaciones, y de paso, el Poder Judicial está más preocupado en las reformas que lo afectan que en resolver en su momento esta situación.
Por lo tanto, no se vislumbra un futuro claro para los negocios, y no nos referimos a las grandes empresas, sino a los pequeños y medianos contribuyentes, quienes sobreviven milagrosamente, ya que nunca han recibido ayuda del gobierno, menos en tiempos de COVID-19.
Los que no murieron han sobrevivido por mérito propio, sorteando tempestades financieras, pero con todas estas modificaciones no se vislumbra un buen inicio de la administración pública federal para las empresas, especialmente las mexicanas.
Las extranjeras, en primer término, cuyos propietarios no viven en México, pueden salir del país en cualquier momento, como ha estado sucediendo, según se comenta.
Esa esperanza que se tenía en el famoso fenómeno económico global denominado nearshoring, para que empresas norteamericanas dejaran el continente asiático y se instalaran en territorio nacional, con estas medidas lo único que se logra es ahuyentarlas, lo cual es más que evidente.
Así, las voces de las cámaras y organismos empresariales no serán otras más que: ¿se van o se quedan?