Por: Hervey Rivera/ @herveyrivera
El pasado miércoles 8 de junio, el Congreso local votó mayoritariamente para acotar –no eliminar– el fuero al gobernador del estado y a funcionarios que el propio Poder Legislativo designa: el auditor superior, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa y los consejeros de la Judicatura.
El dictamen que elaboraron los integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con evidente plagio, exhibe el poco profesionalismo que alguna vez tuvo personal de la estructura técnica del Congreso.
Abundaré sobre el fuero a diputados locales que se conoce como fuero legislativo o parlamentario. La reforma que se aprobó modifica la llamada inmunidad parlamentaria, uno de los dos principios de los que se compone esta protección que impide a los legisladores ser arrestados y procesados penalmente por una autoridad, salvo un procedimiento interno que implica una serie de pasos que culminaban con la votación como jurado de procedencia del Pleno, es decir, todos los legisladores reunidos.
Al final, aunque el proceso para retirar el fuero estaba sostenido con elementos jurídicos con un dictamen de la Comisión Instructora, el procedimiento tiene un profundo cariz político: pasaba por una mayoría y minoría de partido en el Congreso, el partido gobernante u opositor en el Legislativo y la influencia del ejecutivo local en la bancada; por lo que no se considera un procedimiento estrictamente jurídico.
Las reformas amplían las causales para el proceso de desafuero que impliquen sanción corporal, de ahí que más que eliminarse el fuero se acotó.
El segundo principio es la inviolabilidad que garantiza la libertad de expresión de los legisladores en el ejercicio de la representación, quedó intacto, así lo contempla el dictamen: “Artículo 41. Es inviolable el recinto donde se reúnen las y los diputados a sesionar.
La presidenta o el presidente del Congreso del estado velará por el respeto del recinto, el de las y los integrantes de la legislatura, así como de la garantía de la inviolabilidad de las opiniones de las diputadas y los diputados.”
El fuero parlamentario es una figura que se remonta al siglo XIV en Inglaterra y es una protección al cargo, no a la persona; garantiza la labor legislativa frente a otros poderes legales y fácticos.
En México, el abuso que legisladores locales y federales hicieron de la figura quedó registrado en una encuesta del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara Baja en la que el 70% de la población rechaza el fuero en los diputados.
Esta reforma ya fue aprobada en Campeche, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Baja California, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, San Luis Potosí, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo y Yucatán.
En el caso de Puebla, la mayoría de diputados de la 4T aprovechó la promesa de campaña y el discurso anticorrupción para aprobar la medida.