Dulce Liz Moreno
Al aprobar la nueva Ley de voluntad anticipada, el Congreso de Puebla otorgó ayer a los habitantes de la entidad la facultad de decidir continuar o no tratamientos médicos que prolonguen la vida cuando les aqueje una enfermedad terminal.
Modificaciones a la Ley estatal de Salud y la expedición del nuevo texto fueron aprobados ayer por los legisladores locales con 34 votos a favor, dos en contra y cuatro abstenciones.
Este marco legal permite que cualquier persona, mayor de edad, determine si desea que en ser mantenida viva de forma artificial –que en los hechos constituye prolongación de agonía– o permitir el proceso de muerte auxiliada sólo con cuidados para disminuir dolores y malestares.
Si el paciente se decanta por la segunda opción, el médico debe interrumpir, suspender o no iniciar tratamiento, administración de medicamentos, uso de instrumentos o cualquier procedimiento que contribuya a la prolongación de la vida del paciente.
Y, en este caso, se suministrarán fármacos paliativos, a sabiendas de que “con ello se pierda estado de alerta o se acorte la vida del paciente” pero sus dolores sean aliviados.
Así, la persona que firme ante notario la voluntad anticipada –documento que puede ser revocado en cualquier momento por ella misma– tendrá protegida su decisión de prohibir a médicos o familiares someterla a tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongarle la vida cuando sea imposible mantenerla de forma natural.
El texto de la Ley de voluntad anticipada pondera el respeto a la autonomía personal y dignidad humana y pone a salvo de sanciones al personal médico que obedezca la voluntad del paciente que haya signado el documento clave de este procedimiento.
“La voluntad anticipada tendrá como objetivo garantizar que toda persona, en caso de que llegase a padecer una enfermedad y estar en situación terminal, reciba los cuidados paliativos enfocados a no prolongar la agonía y el dolor en el proceso de su muerte”, dice el artículo 7.