Diana López Silva
La LX Legislatura del Congreso del Estado tuvo que enfrentar una de las peores crisis que ha vivido no sólo el estado, también el país: la pandemia de coronavirus.
Por ello, fue en mayo –en medio de lo fuerte de la crisis sanitaria– que aprobó las sesiones en línea, para dar paso a una nueva era en los trabajos legislativo, que este año se centraron en temas de importancia social.
VIOLENCIA OBSTÉTRICA
Los diputados Nora Merino Escamilla (PES), Rafaela Vianey García Romero (Morena) y Raymundo Atanacio Luna (PT) presentaron iniciativas para tipificar como delito la violencia obstétrica, reformando el artículo 10 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Por ejemplo, esta nueva norma impide al médico revisar a una mujer con la presencia de practicantes o estudiantes sin autorización de ella, además de ser fotografiadas o videograbadas sin consentimiento.
La violencia obstétrica también contempla el maltrato que sufre la mujer embarazada al ser juzgada, atemorizada, humillada o lastimada física y psicológicamente.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), mediante la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), ubica a Puebla en el lugar 13 nacional de prevalencia nacional de maltrato con 34.8%, siendo Estado de México el primer lugar con 39.5% y Chiapas el último con 20.8%.
El responsable de cometer violencia obstétrica podría ir de 10 a 15 años a prisión, además de la suspensión de la cédula de manera temporal o definitiva. Puebla se suma a Veracruz, Guerrero, Chiapas y Estado de México en tener tipificado este delito con pena de cárcel.
MATRIMONIO IGUALITARIO
El 3 de noviembre, el Congreso de Puebla aprobó reformas al Código Civil para reconocer el matrimonio igualitario, tras casi una década de lucha de colectivos. Así, quedó definido como “un contrato civil por el cual dos personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con igualdad de derechos y obligaciones, y para ayudarse en la lucha por la existencia”.
Las iniciativas fueron presentadas en diferentes momentos por los diputados Rocío García Olmedo (PRI) y José Juan Espinosa Torres (PT) en 2018 y 2019, pero retomadas este año por Vianey García Romero (Morena).
De esta forma se dio cumplimiento al mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que desde has tiempo había ordenado al Congreso de Puebla la reforma, pero el Legislativo estaba en desacato.
Gabriela Cortés, activista del colectivo El Taller, recordó que desde la promulgación de la ley en Ciudad de México, en 2010, se llevaron a cabo bodas simbólicas masivas en el zócalo de Puebla.
Celebró que las personas del mismo sexo no tengan que ir más a otros estados para casarse y oculten su relación por miedo a agresiones y a que las autoridades no garanticen su seguridad.
PENSIÓN ALIMENTARIA
La diputada Guadalupe Muciño Muñoz (PT) propuso catalogar como requisito indispensable para un segundo matrimonio que el padre o la madre cumpla con su obligación de otorgar pensión alimenticia a sus primeros hijos.
La reforma al artículo 299 del Código Civil implica señala que el incumplimiento de estas obligaciones será un impedimento para contraer segundas nupcias.
Datos presentados en el dictamen indica que 67.5% de las madres solteras no reciben pensión alimenticia y tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben apoyos para comida, vestido, habitación, atención médica y hospitalaria, gastos de embarazo y parto, así como gastos para la educación para proporcionales un oficio, arte o profesión.
CONDUCTORES EBRIOS
En Puebla, los automovilistas responsables de homicidio culposo bajo estado de ebriedad perderán la licencia de manera definitiva. Las reformas al Código Penal contemplan que las sanciones serán mayores en caso que se trate de un chofer del transporte público.
La entidad se suma a Ciudad de México, Querétaro, Jalisco y Yucatán en tomar esta determinación. La diputada Guadalupe Muciño Muñoz, promovente de la reforma, consideró que el objetivo es aumentar la responsabilidad de la ciudadanía al estar frente del volante.
La Fiscalía General del Estado indica que Puebla es noveno lugar por número de muertes en accidentes de tránsito, con 97 carpetas de investigación en 2019. A nivel nacional mueren 55 personas diarias por esta causa.
Anteriormente, el artículo 85 bis sancionaba de dos a nueve años de prisión a quienes causaran homicidio o lesiones con automóvil bajo estado de ebriedad, con las reformas aprobadas se le retirará además la licencia para conducir.
Mientras que el artículo 86 señalaba que en el caso del transporte público la sanción será de seis a 15 años de prisión e inhabilitación de dos a 10 años para transportar pasajeros, pero ahora la inhabilitación será definitiva.
TERAPIAS DE CONVERSIÓN
El 25 de noviembre, el diputado Iván Jonathan Collantes Cabañas (PRI) propuso reformar el artículo 225 Ter al Código Penal para sancionar de dos a cinco años de prisión y con 100 a 200 horas de trabajo en favor de la comunidad a quien imparta u obligue a otra persona a recibir, tomar o acudir a una terapia de conversión sexual.
Explicó que se trata de “prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, modificar, cambiar o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de una persona, en las que se emplea violencia o se realizan tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana, delito que fue aprobado por el Congreso de Ciudad de México”.
Lo anterior, debido a que hay quienes piensan que el hecho de formar parte de unos de los grupos LGBTI es una “enfermedad” y que se puede curar, lo cual atenta contra el libre desarrollo de la personalidad, así como contra la identidad sexual de las personas, llegándose a convertir como un acto de tortura y de discriminación.
Datos del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación señalan que casi 2 millones 700 mil personas en México declaran no ser heterosexuales, 3.2% de la población nacional, pero el porcentaje podría ser mayor debido a los prejuicios sobre la diversidad sexual.
VIOLENCIA EN EL NOVIAZGO
Debido a que tres de cada 10 adolescentes denuncian algún tipo de maltrato de parte de sus parejas, el Congreso de Puebla aprobó el 1 de diciembre la tipificación de la Violencia en el Noviazgo, mediante reformas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado.
La violencia en el noviazgo quedó definida como “todo acto intencional dirigido a dominar, someter, controlar o agredir de manera física, psicológica o sexual, a la mujer adolescente o adulta con quien se tiene una relación de hecho, afectiva, de romance, enamoramiento o noviazgo, con el objeto de ejercer presión, manipulación o maltrato”.
Miguel Trujillo de Ita (PES) destacó que en México son los grupos más jóvenes son los que presentan la prevalencia más alta: “76% de las adolescentes entre 15 y 17 años han sufrido violencia psicológica, 17% violencia sexual y 15% violencia física”.
“Datos estadísticos sobre la violencia física arrojaron que 37% de las mujeres soportaron empujones o jalones de cabello, 23% golpes con las manos u objetos, 14% les lanzaron objetos, 10% toleraron ahorcamientos o asfixia, 9% recibió patadas, 4% lesiones con cuchillos o navajas y 3% fueron heridas con armas de fuego”, señaló.
Además, 68% de las mujeres fueron víctimas de violencia sexual, manifestando que su novio les exigió tener relaciones sexuales pese a su negativa. Por ello, las reformas permitirán castigar las lesiones físicas o el abuso sexual con hasta cinco años de cárcel.
ABORTO
El aborto en México es legal, aunque las circunstancias o causales permitidas varían dependiendo de las leyes de cada estado. En Puebla, el aborto no es sancionado cuando sea causado por imprudencia de la embarazada, cuando el embarazo sea resultado de una violación, la madre corra peligro de muerte y cuando se deba a causas eugenésicas graves.
El 20 de agosto de 2019, durante los Foros de Análisis sobre Despenalización de la Interrupción del Embarazo organizados por el Congreso de Puebla, la representante del Centro de Análisis, Formación e Iniciativa Social AC, Natali Arias, dio a conocer que de 2009 a 2019 se tienen registrados 73 procesos de mujeres por interrumpir su embarazo, así como 11 sentencias condenatorias por este hecho.
El 24 de noviembre, un grupo de varios colectivos feministas tomaron el Congreso del Estado para exigir la despenalización del aborto, una ley de identidad de género y medidas efectivas para erradicar la violencia y acoso hacia las mujeres en Puebla.
Durante 25 días diputados mantuvieron reuniones con las manifestantes, hasta que el 18 de diciembre se llegó a un acuerdo firmado por las fracciones parlamentarias –excepto el PAN– para legislar en materia de identidad de género en la primera quincena de febrero y sobre interrupción legal de embarazo en la primera semana de abril.
Además de participar en una mesa interinstitucional con autoridades de los tres Poderes del Estado, la Fiscalía General del Estado (FGE), universidades, la Secretaría de Educación estatal y con la con la alcaldesa de Puebla, Claudia Rivera. También se acordó que no habría persecución contra las mujeres que tomaron el recinto legislativo. De esta forma, el Congreso local fue liberado.