El Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr) contabilizó 84 feminicidios en la entidad, de enero a octubre de este año. El pasado mes fueron registrados nueve casos; en 2019 se reportaron tres.
El número de casos documentados en los diez primeros meses del año constituye, en promedio, dos incidentes a la semana.
El Odesyr realiza un conteo propio en el que analiza los asesinatos de mujeres y sus características, a fin de cotejarlos con el marco legal para la tipificación de feminicidio: el Código Penal del Estado de Puebla y la ley para el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia de la entidad.
El artículo 338 del código establece “que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”.
Hay razones de género cuando se comete el delito por odio a las mujeres: celos extremos, lesiones o mutilaciones degradantes previas o posteriores a la privación de la vida; cuando hay antecedentes de violencia familiar, laboral, escolar, en noviazgo, matrimonio, concubinato, amasiato.
También, si se presenta incomunicación de la víctima, previo a la privación de la vida o que el cuerpo sea expuesto en un lugar público.