No sólo para antros y bares. Las nuevas normas para establecimientos donde se consuma alcohol incluyen hasta ferias y convenciones en todo el territorio estatal.
Desde el miércoles entró en vigor la reforma a las leyes de bebidas alcohólicas y de seguridad privada, además del código penal, para regular el funcionamiento de estos sitios y eventos.
A las 2:00 debe dejar de venderse o servirse alcohol y a las 2:30 deben estar cerrados y vacíos todos los operadores.
Faltar a este horario u operar sin permiso amerita seis meses a seis años de prisión y multa de cien a mil Unidades de Medida y Actualización.
Además, el nuevo régimen prohíbe la presencia y actuación de cadeneros en establecimientos; los guardias deberán ser trabajadores de empresas de seguridad autorizadas por el gobierno estatal.
Los ayuntamientos tienen como plazo tres meses para adecuar sus marcos legales a estas disposiciones, indica el decreto sobre este tema publicado en el Periódico Oficial del Estado.