El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) presentó los criterios bajo los cuales se calificará como enfermedad de trabajo al Covid- 19, sobre todo para los trabajadores que están expuestos en primera línea (sector salud), pero también para todos aquellos que continúan laborando al encontrarse en sectores prioritarios de las actividades económicas.
Lo anterior, implicaría que, una vez que sea declarado como enfermedad de trabajo, se cubra el pago de incapacidad a 100% a partir del día uno, considerando el salario base de cotización. Cabe señalar que cuando se trata sólo de enfermedad se paga 60% del salario, y esto se realiza al cuarto día, explicó el abogado laboral Ricardo Martínez Rojas, del despacho D&M.
En la circular No. 09 90 01300000/2020, el IMSS detalló el procedimiento que deberán seguir en medicina del trabajo para determinar la infección del Coronavirus como enfermedad del trabajo.
En ese sentido, detalla la circular que se toman en cuenta las actividades que establecieron las autoridades de la Secretaría de Salud como son las unidades de primero, segundo y tercer nivel de atención y en general los integrantes del equipo de salud del sector público y privado en los cuales se encuentran: médicos, enfermeras, de los servicios auxiliares de diagnóstico (laboratorio y gabinete), asistentes médicos, de trabajo social, terapia respiratoria y dietología, servicio de intendencia, auxiliares del servicio de patología y cualquier otro puesto de trabajo que tenga contacto con pacientes en los servicios de consulta externa, urgencias, admisión continua y terapia intensiva”.
Asimismo, aquellos puestos donde se demuestra que el trabajador estuvo expuesto a la infección del Coronavirus en el ejercicio o con motivo de su trabajo, es decir, que “cuenten con mayor riesgo de contagio que el de la población general, sobre todo si se desempeñan en actividad laboral esencial”, como periodistas, personal de supermercados, farmacias, limpieza y demás actividades consideradas como esenciales.
Esta medida, comentó Martínez Rojas, “significará para los patrones que se eleve el grado de riesgo con el que se determina la cuota que debe cubrir por cada trabajador, y ello podría significar un incremento de 1 por ciento”.