El Primer Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica declaró este jueves improcedente la suspensión de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), promulgada el 9 de marzo, según el expediente 144/2021, por lo que con esta decisión permite su entrada en vigor una vez concluidas de anular todas las suspensiones ya otorgadas.
Con dos votos a favor y uno en contra, los magistrados del citado tribunal revocaron la suspensión que otorgó el pasado 19 de marzo el juez Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Competencia Económica, con base en un amparo del Parque Solar Orejana de Zuma Energía con el expediente 199/2021.
El tribunal argumentó que la nueva legislación no afecta por ahora a los productores privados, como sostuvo Gómez Fierro, porque estableció un transitorio de 180 días para ajustar todas las normas del sector, lo que aún no ocurre. Este fallo se suma al del 1 de julio del Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica, que también revocó otra suspensión definitiva similar con el argumento que las disposiciones «no causan ningún daño a particulares».
Sin embargo, la reforma eléctrica permanecerá suspendida hasta que los tribunales resuelvan todas las suspensiones otorgadas por los dos juzgados de competencia económica, que se calculan en decenas.
Aun así, esta decisión es un respiro para la reforma que impulsó López Obrador para suministrar primero la energía de las plantas viejas y de combustibles fósiles de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las centrales privadas de renovables y de ciclo combinado.
También ordena revisar de forma retroactiva los permisos de autoabastecimiento y contratos previos del Gobierno con productores independientes de energía, además de cambiar las reglas de los Certificados de Energía Limpia (CEL) para darlos a plantas viejas de la CFE. La reforma también afronta controversias constitucionales, por presuntamente violar la libertad de competencia que protege la Carta Magna, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) deberá resolver. (La Crónica de Hoy)