Notas para una defensa de emergencia
Silvino Vergara Nava
Si es imposible que el Estado se ocupe a la larga de la satisfacción de todas las necesidades humanas desde la cuna a la sepultura, el individuo debe autolimitarse.
Hans Kung
¿Se podrá, por decreto, ordenar que la población sea feliz? Pareciera que en algunas naciones así se ha estilado; sus gobernantes sostienen por decreto, es decir, por una orden escrita y con toda la formalidad que representa, que su población sea feliz.
¿Se podrá, por decreto, ordenar que la población sea feliz? Pareciera que en algunas naciones así se ha estilado; sus gobernantes sostienen por decreto, es decir, por una orden escrita y con toda la formalidad que representa, que su población sea feliz. Esto nos remonta a las décadas de los 50 ó 60 del siglo XX, sobre todo a las naciones más desfavorecidas que, en ese tiempo, eran denominadas «del tercer mundo» por su situación precaria y por los gobiernos sumamente represivos que normalmente tenían.
Tal es el caso de los países de Centroamérica y del Cono Sur. Al analizar las reglas que se imponían en aquellos países, debido a las cuales ellos eran denominados despectivamente como “repúblicas bananeras”, vemos que eran naciones gobernadas por sistemas totalitarios cuya economía se sustentaba en la siembra del banano (de ahí su apelativo).
En este panorama, muchos países (como Guatemala, Honduras, El Salvador) construyeron su historia, una que tiene que ver con ese fruto y con las muertes y violencia ocurridas por su producción.
Con lo que se evidencia que, por decreto, no hay ni felicidad ni nada al respecto.
Esas medidas jurídicas que se implementaron en esos tiempos –por lo que parece– vuelven 70 años después, ya las tenemos a la vuelta de la esquina. Para muestra, un botón: el aumento del salario mínimo para 2021. Con esto, renace el debate en cuanto a si con medidas jurídicas se puede controlar el mercado o si es el mercado el que puede controlarse por sí mismo, sin requerir de lo jurídico.
Resulta complicado que se presenten aumentos tan significativos del salario mínimo sin considerar el entorno y la realidad de la nación; entorno que es bastante gris para las micro, pequeñas y medianas empresas, pues aún no salimos de la pandemia.
Las estadísticas de los propios organismos del Estado, como es el caso del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), han sostenido que más de un millón de negocios ha cerrado; negocios que son, precisamente, familiares y de los que dependen muchas familias, no sólo la del empleador ni sus propios empleados, sino de clientes, proveedores, prestadores de servicios, etcétera. Por ende, se multiplica ese dato.
Con todo y pese a esa realidad, por decreto, se ha sostenido el aumento de la felicidad con el incremento del salario mínimo; lo cual, desde luego, lo único que provocará es mayor incertidumbre en la nación, una de las características necesarias para que los países no se desarrollen, no haya inversión alguna y, sobre todo, para que haya menos empleo o, bien, para que cada día se vayan consagrando empleos más precarios y un sistema cada vez más autoritario.
Ahora sí, para lograr esa “felicidad” nacional por decreto se suman las propuestas a las reformas legales y, en su momento, su publicación por medio de un decreto presidencial (como es el caso de la reforma de las outsourcing), las estadísticas sostienen que, en los términos propuestos, habrán alrededor de cuatro millones y medio de despidos a trabajadores en toda la nación, lo cual es sumamente preocupante y dramático en un Estado de Derecho.
Cita al respecto el teólogo Hans Küng:
“En una sociedad democrática la mayoría de los votantes tiene que ser convencida una y otra vez de: que este orden económico les merece la pena a ellos y aquéllos por los que de algún modo se sienten responsables” (Una economía decente en la era de la globalización, Madrid, Trotta).
Sobre esta declaración, bien habría que hacernos la pregunta: ¿Sí estaremos dispuestos a afirmar que, por medio de un decreto, lograremos la felicidad, como supuestamente sucedió en las “repúblicas bananeras” del siglo XX?