Notas para una defensa de emergencia
Silvino Vergara Nava /correo: [email protected] web: parmenasradio.org
Hay, sin duda, una inflación en el campo de los derechos
y, con la inflación, la moneda pierde valor hasta que ya no sirve para nada.
En la línea de estas consideraciones,
se ha llegado a proclamar como un hecho consumado
el final de la edad de los derechos
Gustavo Zagrebelsky
A muchos ha de sorprender que el juicio de amparo, que antaño la mayoría de la población asumía que solamente era para protegerse respecto a cuestiones de carácter penal, arrestos y órdenes de aprehensión, ahora es incluso una herramienta para defender la compra de una tesis.
A ese grado ha llegado el juicio de amparo, con la posiblilidad latente de la sentencia del profesor italiano Gustavo Zagrebelsky, en el sentido de que hay una inflación de derechos y que se corre el riesgo de que estemos por entrar al final de los mismos.
Una noticia reciente reveló que un juez sostuvo, sentenció y dictaminó que no es plagio la tesis de licenciatura de la ministra de la Corte, con la salvedad de que nada más le hace falta desvirtuar una segunda tesis de un posgrado, que pareciera que también está en las mismas condiciones.
De tratarse de un plagio, da para mucho, pero, además del tema de que el juez dicta esa sentencia –quien desde luego se ve presionado por el cargo de la ministra–, lo que interesa en este caso particular es que se ha ampliado el juicio de amparo a muchos rubros; es decir, para todo un abanico de derechos, pero con la incertidumbre de que esa herramienta no tenga capacidad para ser tan efectiva para todos como lo ha sido en este caso.
Por un lado, tenemos que los derechos de los gobernados se han ampliado a medidas estrepitosas, cuando uno de los primeros problemas es definir los derechos humanos y, sobre todo, cuáles son, pues ante la existencia de una gran cantidad de derechos humanos y fundamentales, estos se pierden en el anonimato.
También, y sobre todo, que los juzgados, tribunales, y desde luego el juicio de amparo, tengan la capacidad de abarcar todos los derechos y hacerlos tan efectivos como en el caso de la sentencia de la ministra.
Este no es un problema menor. Desde la teoría jurídica existe la preocupación de la exigibilidad de los derechos humanos en las instancias jurisdiccionales. Es decir, qué tan efectivos son los medios de defensa de los gobernados para que sus derechos se hagan efectivos.
Una de las pruebas que se tienen a la vista y no muy lejanas es la serie de amparos que se promovieron de los menores de edad que no se permitía que fueran vacunados contra la COVID-19, lo que ocasionó un sinnúmero de resoluciones en las que se ordenaba la aplicación de la vacuna.
Sin embargo, el problema estribó en que no a todos los que se ampararon –a pesar del referido amparo– se les aplicó la vacuna. Es decir, existe un problema latente de que el juicio de amparo verdaderamente sea efectivo en ese tipo de derechos, como los que corresponden a la salud, al ambiente, a la educación, a la vivienda, etcétera.
Quizá, atendiendo a la falta de efectividad del juicio de amparo –que, por cierto, se sigue tramitando como en el siglo XVIII, antes desde un escritorio y ahora desde un escritorio electrónico– poco se dijo de que se cumplieron, en abril de este 2023, 10 años de la nueva ley de amparo, para hacerla acorde a la reforma de los derechos humanos reconocidos en la Constitución.
No se supo de conferencias, congresos, círculos de estudio o competencias de tesis. Aunque, claro está, ya no existen esas tesis; por un lado, por la falta de apoyo gubernamental a los investigadores, muchos de los cuales seguían investigando lo investigado; por otro lado, porque el sistema educativo ha impulsado que no se implementen las tesis para la titulación de licenciatura o de una especialidad e incluso de una maestría.
Lo que sí es un hecho es que pasó desapercibido el décimo aniversario de la ley de amparo, el cual era una magnífica oportunidad para demostrar que se ha avanzado en la administración de justicia en este país o por lo menos que se ha logrado poner en una posición más óptima a los ciudadanos ante las autoridades para exigir sus derechos.
Pero esta oportunidad se fue, tal vez porque la ley de amparo que se promulgó hace 10 años no cumplió con la expectativa, porque el problema de la efectividad de los derechos –sobre todo los que corresponden a la salud, al ambiente, a la educación y a la vivienda– son muy difíciles de hacer exigibles en esas instancias jurisdiccionales.
Por lo pronto, esta resolución que benefició a la ministra, si lo vemos con buenos ojos, es una luz de esperanza de que el juicio de amparo sí es funcional para estos casos.
Si lo vemos desde el pesimismo que hoy nos inunda, es que hay preferencias en los juzgados sobre ella.
O, como tercera opción, que la ministra resultó mejor litigante que juez y, desde luego, que tesista.