Filmar sin permiso o negar la compañía de una mujer durante el parto se catalogarán como criterios de violencia obstétrica en Puebla, con base en la reciente reforma a la Ley para una Vida Libre sin Violencia.
La reforma se avaló en la comisión de Igualdad de Género del Congreso del Estado, donde también se estableció en el artículo 10 se prohíbe sin consentimiento de la paciente el ingreso, atención o intervención de personal no acreditado ni justificado en cuestiones de salud.
La propuesta fue presentada por las diputadas locales del PES y Morena, Nora Merino Escamilla y Vianey García Romero, quienes explican que de incurrirse en esos escenarios de violencia obstétrica, se castigará con cárcel, además de multas económicas que dependerán de los daños provocados al paciente.
“Previa solicitud, negar el acompañamiento de persona de confianza durante la prestación de los servicios médicos en los que la normatividad en materia de salubridad, epidemiología o control sanitario no lo prohíba; fotografiar o grabar por cualquier medio el procedimiento de atención médica sin que medie el consentimiento voluntario, así como el ingreso, atención o intervención de personal externo no acreditado ni justificado médicamente, sin que medie el consentimiento voluntario”.