Álvaro Ramírez Velasco
La iniciativa de reforma judicial que presentó el gobernador Miguel Barbosa Huerta al Congreso del Estado de Puebla plantea: mecanismos de control, para evitar la corrupción en la administración de justicia; la posibilidad de destitución de magistrados, por parte del Legislativo; y equilibra y divide al Poder Judicial en cuatro órganos jurisdiccionales, cada uno con su presidencia, con un periodo de cuatro años, sin posibilidad de reelección: Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Sala Constitucional, Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) y Consejo de la Judicatura.
La reforma, que contempla modificaciones a los artículos 12, 57, 61, 86, 87, 88, 90, 91 y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, es inédita en el país y propone el fin del control unipersonal que ha mantenido el Poder Judicial de nuestra entidad, con un modelo que se reedita en otros estados.
“Los presidentes del Tribunal Superior de Justicia, de la Sala Constitucional, del Tribunal de Justicia Administrativa y del Consejo de la Judicatura, serán nombrados para un periodo de cuatro años, sin reelección. Ninguna presidencia podrá recaer simultáneamente en una misma persona”, establece la iniciativa.
De este modo, se anula el principal problema generador de corrupción en el Poder Judicial, el control unipersonal de todos los órganos.
MECANISMOS DE CONTROL
La iniciativa plantea la creación de un mecanismo de responsabilidad para magistrados y consejeros de la Judicatura diverso al juicio político, que podría dar lugar, en su caso, a su destitución.
Se establece que las causales serán “por denegación de justicia, conflicto de interés o impedimentos; así como un fortalecimiento al régimen de responsabilidades administrativas de los servidores públicos del Poder Judicial”.
“Los magistrados y consejeros de la Judicatura serán responsables ante el Congreso por denegación grave de justicia, incumplimiento doloso a los supuestos de impedimento judicial o por haber incurrido en violaciones a las reglas de conflicto de interés, en cuyo caso procederá su destitución por mayoría calificada de dos terceras partes de los miembros presentes. Este procedimiento podrá iniciar por acción ciudadana de destitución y será independiente al juicio político previsto en esta Constitución”, establece el documento.
En uno de los puntos novedosos, se incluye “el error judicial como supuesto de responsabilidad patrimonial del estado”.
Asimismo, “se establece un periodo de 15 años para la duración del cargo de magistrado, así como reglas de contacto que determinan la prohibición a todos los funcionarios judiciales de reunirse con las partes, sus representantes o apoderados fuera de los recintos judiciales y lineamientos claros para realizarlo dentro de ellos para tratar asuntos en los que participen”.
JUSTICIA ADMINISTRATIVA Y LA JUDICATURA
De acuerdo con la propuesta barbosista, el Tribunal de Justicia Administrativa se incorporará al Poder Judicial.
En tanto que, “la representación legal del Poder Judicial, así como las funciones de gobierno judicial, administración, vigilancia, evaluación del desempeño y disciplina, así como la rectoría de la carrera judicial, quedarán a cargo del Consejo de la Judicatura”.
Este será un órgano con independencia técnica, de gestión y de decisión, que además contará con una Escuela Estatal de Formación Judicial, así como de un Instituto de Defensoría Pública, que pasa del Poder Ejecutivo al Poder Judicial.
“El Consejo de la Judicatura se integrará por cinco miembros que durarán en su encargo seis años, de los cuales uno será nombrado por el gobernador, dos por mayoría calificada de dos terceras partes del Congreso del Estado y dos por mayoría absoluta del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, dentro de los cuales al menos uno deberá ser juez en ejercicio activo de la función. Al menos uno de los consejeros nombrados por el Congreso deberá provenir de la carrera judicial”, detalla la iniciativa de reforma constitucional.
LA ESENCIA
En su exposición de motivos, la reforma constitucional establece como meta el fortalecimiento de la función judicial, a través de un cambio de paradigma institucional del Poder Judicial.
En este sentido, “orienta la función judicial, a través de los valores democráticos de rendición de cuentas, honradez, transparencia, publicidad, accesibilidad, legalidad, independencia e imparcialidad, por medio de su consagración normativa en la Constitución poblana como principios rectores”.
En esta sintonía, “se privilegia la oralidad, la publicidad, la digitalización y la simplificación de las actuaciones judiciales”.
De acuerdo con la propuesta, en este nuevo modelo se privilegiará los medios alternativos de solución de controversias.
“El Centro de Justicia Alternativa será un órgano desconcentrado del Tribunal Superior de Justicia, con plena autonomía técnica, de gestión, operativa, presupuestaria y de decisión”, cita el documento.
También se plantea la creación de “salas colegiadas especializadas en resolver cuestiones en materia laboral de competencia estatal”.
Se crea un sistema de Control Constitucional Local, con la Sala Constitucional adscrita al Poder Judicial, que será “independiente del Tribunal Superior de Justicia, a la que le corresponde la interpretación y garantía de la Constitución del Estado y los derechos humanos”.“La justicia que no es pronta, expedita, imparcial, equitativa, sensible a la marginación y a las desigualdades históricas, simplemente no es justicia”, señala el Ejecutivo en su exposición de motivos.