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Histórico: Corte declara inconstitucional la penalización del aborto en México

Crónica Puebla por Crónica Puebla
7 septiembre, 2021
en Nacional
Histórico: Corte declara inconstitucional la penalización del aborto en México
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En México, ninguna mujer podrá ser condenada a prisión por abortar voluntariamente, así lo determinó –en un paso histórico en el país–la  Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró inconstitucional que aquellas mujeres que decidan interrumpir su embarazo sean juzgadas y privadas de su libertad, esto luego de que el pleno del máximo tribunal del país analizó durante dos días el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila, el cual queda eliminado.

Con diez votos a favor, es decir por unanimidad, los ministros se manifestaron por declarar inconstitucional la penalización del aborto, cuya determinación alcanza no sólo al estado de Coahuila -que en su Código Penal impone hasta tres años de cárcel a aquellas mujeres que por cualquier razón interrumpa su embarazo–, sino a todo el país.

La Suprema Corte concluyó así su sesión respecto al tema de la despenalización del aborto que inició el pasado y concluyó este martes, luego de la intervención de dos de los tres ministros que no pudieron hacerlo en su momento.

Margarita Ríos-Farjat argumentó que la Constitución no prohíbe el aborto. «Se criminaliza a la persona gestante, sin encontrarse definido constitucionalmente si la vida se tutela invariablemente desde la concepción y cuál es el tratamiento del embrión en el mundo jurídico», señaló y votó a favor del proyecto presentado por el ministro Luis María Aguilar Morales, quien el lunes pasado dijo que la propuesta presentada ante el pleno de la Corte no defendía el abortó, sino el derecho de la mujer a decir quién quiere ser, y determinar su libertad respecto a la maternidad.

«Hoy se destierra la amenaza de prisión sobre las personas que deciden interrumpir su embarazo», aseguró Aguilar Morales.

Al alcanzarse y confirmarse los votos del pleno de la Corte sobre declarar la inconstitucionalidad de criminalizar el aborto, se establece que los jueces que conozcan de casos de mujeres que han decidido voluntariamente interrumpir su embarazo no podrán ser llevadas a prisión.

El tema de análisis fue tratado durante dos días luego de la impugnación que hiciera delll la ìa exprocuraduría General de la República.

Arturo Zaldívar, ministro presidente de la Corte, consideró que la decisión de los ministros marcan un día histórico para las mexicas y las personas gestantes.

«No sólo se invalidan las normas que fueron objeto de discusión, sino que se establece un criterio obligatorio para todas las juezas y jueces del país. A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este Tribunal Constitucional. A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad, claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres. El día de hoy es un paso más en lucha histórica por el pleno ejercicio de sus derechos. Este Tribunal demuestra, una vez más, en los hechos, y con sus sentencias, que su único compromiso es con la Constitución y con los derechos humanos», dijo Zaldívar Lelo de Larrea. (La Crónica de Hoy)

Etiquetas: abortoMéxicosuprema corte de justicia

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