Por: Diana López Silva
El Congreso local aprobó, por mayoría, la reforma electoral que elimina propaganda en espectaculares y unidades de transporte público en Puebla, la cual impactará directamente en los comicios del próximo año.
La discusión se centró en los excesos de publicidad en campañas del Partido Acción Nacional (PAN) en la elección de 2018. De esta forma, los legisladores reformaron la fracción IV y adicionaron la fracción IV bis del artículo 232 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.
Diputados de la coalición Juntos Haremos Historia (Morena-PES-PVEM), así como del PRI señalaron los excesos, el desvío de recursos públicos y dispendio presupuestal que hubo en propaganda en beneficio de los exgobernadores Rafael Moreno Valle y Martha Érika Alonso.
Tonantzin Fernández, de Morena, indicó que esta reforma le dará equidad a los partidos en la contienda electoral de 2021, pues en la de 2018 les fue imposible conseguir espectaculares para la campaña, sumado al retiro de anuncios con la imagen del entonces candidato Miguel Barbosa.
Incluso, indicó que transportistas señalaban que el gobierno estatal, entonces a cargo de Antonio Gali, les retiraría las concesiones si aceptaban otra publicidad que no fuera la de la panista.
Vianey García, también de la bancada de Morena, les recordó a los homólogos de Acción Nacional –quienes criticaron que hay mayor necesidad de legislar en materia de salud, ante la pandemia de coronavirus en la entidad– que hay una propuesta para donar la mitad de las prerrogativas de los partidos políticos, por lo que los invitó a sumarse a la causa.
CONTAMINACIÓN VISUAL
En el segundo tema del día, el Pleno retiró a los ayuntamientos el control de los anuncios publicitarios colocados en las zonas adyacentes de las vialidades de jurisdicción municipal y federal.
Los diputados de oposición señalaron que la reforma es atenta contra la autonomía de los municipios. Las modificaciones fueron a las fracciones LX y LXI del artículo 4 y el primer párrafo del artículo 143 Bis; además de adicionar la fracción LXII al artículo 4 de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla.
Se define como zonas adyacentes las que lindan con una vialidad de jurisdicción federal, estatal o municipal, hasta en una distancia de 100 metros, tratándose de vialidades de jurisdicción municipal, y 300 metros tratándose de las de jurisdicción estatal y federal. Se establece así que el gobierno estatal controlará la contaminación visual en dichas áreas.